Incorporación al listado de Trabajadores/as Sociales expertos/as facilitadores/as judiciales en apoyo a personas con discapacidad

Solicitudes para formar parte del Listado 2025 de Trabajadores/as Sociales expertos/as facilitadores/as judiciales en apoyo a personas con discapacidad

En cumplimiento del acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia (BOCM 28 de diciembre 2024), referente a la confección del los listados de Facilitadores para el año 2025, el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid abre el plazo para la presentación de solicitudes para formar parte de este listado 2025, de acuerdo a los criterios establecidos en el «Decreto 52/2024, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el servicio y se regula la figura del personal experto facilitador para prestar apoyo a las personas con discapacidad en las sedes judiciales de la Comunidad de Madrid».

Recomendamos la lectura íntegra del Decreto 52/2024, y más concretamente el Título I, donde se detallan los requisitos del personal experto facilitador y el Título II del Decreto, ya que, en los artículos del 6 al 10, se describen los principios de actuación, los informes sobre adaptaciones y ajustes y actuaciones a realizar, así como las contraprestaciones por los servicios prestados como facilitadores y el abono de los servicios prestados.

La vigencia de estos listados será hasta el 31 de diciembre de 2025.

1.-  Requisitos

Todo/a Trabajador/a Social colegiado/a interesado/a en pertenecer a la lista de Expertos Facilitadores para prestar apoyo a las personas con discapacidad en las sedes judiciales de la Comunidad de Madrid durante 2025, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar incorporado/a al Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid y al corriente de pago en las cuotas.
  • Poseer formación específica como persona facilitadora para apoyar a personas con discapacidad en procesos judiciales en los que participen (mínimo de 100 horas).
  • Carecer de antecedentes en el registro Central de Delincuentes Sexuales, que se acreditará mediante certificado negativo del citado registro.
  • Además, cuando la persona con discapacidad sea menor de edad, la persona que actúe como su facilitador/a deberá estar en posesión de cursos de formación específica en atención a menores y adolescentes con discapacidad intelectual o del desarrollo (mínimo de 100 horas).

2.- Solicitudes y documentación

La solicitud se presentará a través del portal Mi Colegio, trámite “Incorporación al listado de Trabajadores/as Sociales expertos/as facilitadores/as judiciales en apoyo a personas con discapacidad”.

Se incorporarán a dicho trámite los documentos que acrediten la formación específica como persona facilitadora reseñada en el punto anterior, así como el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

3.-  Plazo

19 de enero de 2025. Fecha límite de presentación de solicitudes.