Aprobado en Consejo de Ministros el Viernes 2 de Agosto
Desde el Colegio de Madrid se consideran muy graves las consecuencias que esta ley puede acarrear a la profesión y a la ciudadanía como destinataria de la actuación profesional. La ley debe garantizar el control deontológico de la actuación y la calidad de los servicios profesionales, objetivos fundamentales de los Colegios Profesionales. Es importante que, al igual que se considera la sanidad como un sector que afecta a derechos fundamentales de la ciudadanía, y como consecuencia dicho ámbito profesional es incluido en la colegiación obligatoria, se consideren los derechos sociales como fundamentales y de especial protección quedando los/as trabajadores/as sociales como profesionales de referencia en dicho ámbito dentro de las profesiones de colegiación obligatoria, ya que además, la mayoría de las personas y grupos con los que intervienen, se encuentra en situación de especial vulnerabilidad.
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