Cuotas colegiales a efectos de IRPF
Os recordamos que, con carácter general, las cuotas colegiales para el año completo en 2016 han sido 128 euros.
Serán deducibles las cuotas satisfechas a los colegios profesionales, cuando se esté en ejercicio de la profesión.
Os recordamos que, al presentar la Declaración de la Renta, no es obligatoria la aportación de certificado de cuota abonada al Colegio. Sí puede ser necesario en caso de inspecciones o revisiones, en cuyo caso, podéis solicitarlo en administracion@comtrabajosocial.com
Información sobre deducción de cuotas satisfechas a Colegios Profesionales (gastos deducibles rendimientos del Trabajo, casilla 013, si ejerces por cuenta ajena) en Guía de la Declaración Renta 2016: páginas 113 y siguientes (Gastos deducibles).