Nueva denuncia de la situación de carencia de ingresos ante la persistencia de las dificultades de tramitación de IMV y la imposibilidad de solicitud de  la RMI en la Comunidad de Madrid

El Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid y la Comisión de Atención Social Primaria insisten en la denuncia de la situación de carencia de ingresos de muchas familias ante la persistencia de las dificultades de tramitación de IMV y la imposibilidad de solicitud de la RMI en la Comunidad de Madrid,

Asimismo, una amplia mayoría de unidades familiares perceptoras de Renta Mínima de Inserción se siguen viendo inmersas en una situación de inseguridad por los continuos trámites y trabas burocráticas a las que se ven expuestas desde que se les comunicó hace más de un año la obligatoriedad de solicitar el ingreso mínimo vital (IMV).

El Colegio Oficial ya puso de manifiesto las dificultades que atravesaron tanto las personas afectadas como los servicios sociales municipales que habitualmente les atienden para poder cumplir con dicho requerimiento, plasmándose en diferentes documentos. En ellos se presentaban diferentes propuestas o medidas para facilitar mejoras en el procedimiento interinstitucional y la necesaria colaboración entre Administraciones para que se garantizase un óptimo proceso de traspaso y así cumplir con el objetivo de evitar pérdida o demoras en la percepción de una prestación necesaria para afrontar la cobertura de las necesidades básicas personales o familiares que ya venían demostrando periódicamente el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Habiendo transcurrido más de 15 meses desde la puesta en marcha de la gestión del IMV, esta ha sido  insuficiente para dar respuesta de forma ágil, siendo a su vez altísimo el porcentaje de denegaciones; es necesario señalar que muchas de esas denegaciones obedecen a una deficitaria instrucción en la autogestión de la solicitud ( recordemos que se hizo en un periodo en el que no había apenas posibilidad de tramitar presencialmente en las oficinas del INSS y que la mayoría de las personas a las que va dirigida la prestación  tienen dificultades técnicas y materiales con el uso de medios telemáticos.

Las dificultades y problemas que se siguen detectando en el acompañamiento social a la ciudadanía son:

  • Suspensiones Cautelares de IMV.  A partir de enero de 2022 tras la primera revisión anual de IMV, se procede a suspender cautelarmente la prestación, quedando las familias sin ningún ingreso económico por considerar la Renta Mínima y las ayudas de emergencia social como ingreso computable recibido en años anteriores. Para subsanar dicha suspensión les indican que a pesar de la reclamación que realicen no recibirán contestación hasta el mes de abril.
  • Brecha digital que impide el acceso a esta prestación a la ciudadanía.
  • Persistencia de la falta de coordinación interadministrativa INSS-Comunidades Autónomas y Entidades Locales, que supone que no haya un tránsito amable y garantista entre ambas prestaciones: IMV y RMI poniendo a muchas familias en situación de dificultad e incertidumbre. Una vez más los Centros de Servicios Sociales de Atención Primaria tienen que responder a esa situación con tareas de tramitación,contención, información y sobre todo gestión de ayudas económicas de emergencia social para afrontar la ausencia de ingresos.
  • Suspensión de la tramitación de nuevas solicitudes de RMI en Comunidad de Madrid hasta no tener resuelto el expediente de IMV. A pesar de las constantes peticiones de nuestro colectivo profesional respecto a la complementariedad o adecuación de ambas prestaciones, esto no se ha logrado.
  • Ante esta situación, desde la Consejería de Familia, Juventud y Políticas Sociales se continúa enviando requerimientos, encontrándonos con muchas situaciones afectadas por una suspensión cautelar de la prestación al no poder aportar la documentación requerida. La tipología de estas es variable y en muchos casos se da de forma paralela:
    • Petición urgente de solicitud de trámite de IMV en el plazo de 10 días desde que se recibe la comunicación en el domicilio habitual.
    • Petición urgente de aportación de la resolución del IMV (con copia original), no dando por válido las consultas telemáticas ni las recibidas por correo electrónico y en un plazo máximo de 10 días desde su notificación.
    • Exigencia de iniciar nueva solicitud de IMV si esta esta ha sido denegada anteriormente.
    • Exigencia de interponer reclamación previa si se considera que la cuantía o los miembros de la unidad familiar no son los que deberían contemplarse.
  • Otra situación que queremos poner de manifiesto es la paralización de las nuevas solicitudes de RMI hasta que se reciba la comunicación por parte del INSS de la resolución de la solicitud del IMV. 
  • Peticiones por parte de Comunidad de Madrid para la gestión de la RMI de documentos ya entregados o que pueden obtener a través de las plataformas de intermediación, obligando a las familias a tener que realizar desplazamientos y asumir gastos que no se pueden permitir, como la obtención de un certificado firmado electrónicamente por la entidad bancaria, que acredite la titularidad bancaria de la cuenta. Dichos trámites suponen un gasto adicional a las personas para su emisión.
  • Falta de comunicación de la resolución expresa por parte del INSS de la denegación de solicitudes de IMV lo cual conlleva tener que pedir cita presencial en las oficinas para obtenerla o realizar una reclamación de la resolución por vía telemática, al ser requerida por Comunidad de Madrid para dar continuidad a la gestión de la Renta Mínima.
  • No aplicación de la Ley 39/2015. Continuamos con subsanaciones sorprendentes en el proceso de gestión de IMV. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su art. 53 incluye como derecho de los interesados en un procedimiento administrativo: “no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas”.

A nivel municipal, la dificultad de los solicitantes de obtener uno de los documentos indispensables, el “certificado de empadronamiento colectivo e histórico de todas las personas que habiten en el domicilio designado por el interesado”,       que en algunos casos les ha supuesto a los solicitantes abonar una tasa municipal, al no haber acuerdos entre el INSS y algunas EE LL.  Por lo que se hace urgente que se incluya entre los servicios ofertados por las distintas administraciones públicas a través de la Plataforma de Intermediación de Datos este certificado y no dependa de la voluntad de las EE LL para la firma de convenios y acuerdos con el INSS.

  • Existe un Vacío legal para personas que viven solas y han percibido RAI en períodos alternos que se ven abocadas a pedir entre períodos Renta mínima de Inserción, al irse computando para Ingreso Mínimo Vital, las cuantías del año anterior, sometiendo a los y las ciudadanas a un maquiavélico ejercicio de sorteo de obstáculos para poder percibir una prestación, con períodos sin cobro de ningún tipo que nuevamente vuelven a cubrir los Servicios Sociales con ayudas de emergencia social.

CONCLUSIONES FINALES:

  • El Colegio oficial de Trabajo Social y como profesionales del trabajo social, compartimos la enorme preocupación de las familias y personas que están padeciendo una falta de garantía de ingresos y reiteramos en que esta situación supone el incumplimiento de un derecho.
  •  Exponemos  la necesidad de establecer vías de coordinación y colaboración por parte de las Administraciones para dar una respuesta urgente a las situaciones dramáticas, de indefensión y elevado estrés que presentan las familias ante el desconcierto la incertidumbre y el temor ante la falta de ingresos o el riesgo de perder los que tienen por las continuas revisiones, actualizaciones y trámites entre la Administración General del Estado, para el IMV y las prestaciones del Sepe y la Comunidad de Madrid para la gestión de la RMI.
  • Ponemos de manifiesto la necesidad de facilitar el proceso burocrático de la tramitación del IMV a toda la ciudadanía. 
  • Planteamos como propuesta para la valoración del IMV al igual que en las prestaciones del Servicio Público de Empleo (SEPE) que se tome como referencia el último mes en el que se han tenido ingresos económicos y no el año fiscal anterior.
  • Incorporar en todas las instancias y modelos tanto de Comunidad de Madrid como del INSS el formato de lectura fácil y la posibilidad de traducción a diferentes idiomas, a fin de que sean accesibles. 
  • El desconcierto, la incertidumbre y el temor de las familias ante la falta de ingresos o el riesgo de perder los que tienen por las continuas revisiones, actualizaciones y trámites entre la Administración General del Estado, para el IMV y prestaciones del SEPE y ante la Comunidad Autónoma para la gestión de la RMI, está produciendo situaciones dramáticas y de enorme estrés y confusión entre la ciudadanía.
  • Una vez más, instamos a aumentar y reforzar la atención presencial y telefónica del INSS.
  • Respecto a la reciente publicación de la revisión de cuantía del IMV se valora positivamente el esfuerzo realizado por parte de la Administración, pero sigue siendo insuficiente y se sigue solicitando que las cuantías se ajusten a las necesidades materiales de la ciudadanía.

Con la incorporación del nuevo equipo de Gobierno de la Comunidad de Madrid no podemos dejar pasar la oportunidad de poner en su conocimiento la difícil situación en la que se encuentran muchas familias. Nos ponemos a su disposición como colectivo profesional para poder ofrecer propuestas, medidas y colaboración a fin de solventar definitivamente estas dificultades.