Publicación censo de electores/as
Tal y como establecen los Estatutos en su Artículo 32, y siguiendo la convocatoria aprobada, se procede a publicar el censo de electores/as, que cumplen los requisitos señalados en el art.31.1.:
– Colegiados incorporados al Colegio, al menos un mes antes de la convocatoria de las elecciones.
– Al corriente de pago de las cuotas.
– Que no se hallen incursos en prohibición legal o estatutaria.
De acuerdo a lo establecido en el art.32.2 "Los colegiados que deseen reclamar sobre el citado listado podrán hacerlo durante los tres días hábiles siguientes al de su exposición en el mencionado tablón de anuncios. Las reclamaciones deberán formularse por escrito ante la Junta de Gobierno, quien resolverá las mismas en el plazo de tres días hábiles, una vez finalizado el plazo de formalización de reclamaciones".
Fecha aprobada en la Convocatoria para presentar reclamaciones sobre el Censo Electoral: 13 de febrero de 2012.