Sobre ERTES, salarios y prestaciones por desempleo
Te dejamos por aquí un pequeño resumen de la información que encontrarás, aunque te aconsejamos que entres para leer todos los temas que se apuntan en la web oficial:
Si eres trabajador/a, tu salario y derechos no se ven afectados si sigues prestando tu trabajo a la empresa, aunque lo hagas desde casa. Si por el contrario, tu empresa ha iniciado un ERTE, tienes derecho a una prestación por desempleo.
Como empresa, debes facilitar el teletrabajo a tus empleados/as siempre que sea posible. Si, derivado de no poder continuar tu actividad, no puedes abonar los salarios a tus empleados/as, debes declarar un ERTE en tu empresa.
Si por el contrario, eres trabajador/a por cuenta propia, es decir, eres autónomo/a, y has visto mermados tus ingresos en un 75%, tienes derecho a una prestación por cese de actividad.
ACTUALIZACIÓN: La prestación de los ERTE se prorroga intacta hasta el 30 de junio. Consulta aquí el BOE del 13 de mayo, donde se publica esta prórroga.
Enlace a la web de la Comunidad de Madrid
Por otra parte, con el objetivo de facilitar toda la información y trámites relacionados con la situación del COVID-19, la página web del Servicio Público de Empleo (SEPE) ha creado una sección especial que puedes consultar en este enlace.
Aquí tienes disponible la guía publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía social sobre MEDIDAS LABORALES EXCEPCIONALES CONTRA EL COVID-19 APROBADAS POR EL REAL DECRETO-LEY 8/2020